REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 31 de Octubre del año dos mil Once
201º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Expediente: GP02-L-2010-1158
DEMANDANTE: CLEYDERMAN VARGAS
DEMANDADA: AMERICAN BUSINESS LOGISTIC DE VENEZUELA (ABL, C.A.)
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la transacción que corre inserto a los autos, realizado tanto por del Abg. JAVIER GIORDANELLI, inscrito en el IPSA bajo el N° 67331, actuando como parte demandada(BUSINESS LOGISTIC DE VENEZUELA (ABL, C.A.) y por la otra parte VARGAS CLEYDERMAN, asistido por la Procuradora Especial de Trabajadores ABG MARIA ANTONIETA RUSSO, IPSA Nº 62.376, en su carácter de auto, el siguiente documento: diligencia a los fines de pagar la parte demandada la cantidad de Bs. 8377,67, corresponde el monto y concepto condenado por el Tribunal, tal y como se indica y quienes solicitan la homologación y cierre del expediente. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 3:10 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR