REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 21 de Octubre del año dos mil Once
201º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Expediente: GP02-S-2011-000913
OFERENTE: PITTSBURGH ASSOCIATES LP (SUCURSAL VZLA)
OFERIDO: LOURDE VASQUEZ
Motivo: OFERTA REAL DE PAGO

Vista la transacción que corre inserto a los autos, realizado tanto por la parte Oferida LOURDE VASQUE, titular de la cedula de identidad N° 8.613.322, asistida por el profesional del derecho FELIPE BELOV, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 3.490.494, así como por la parte oferente PITTSBURGH ASSOCIATES LP (SUCURSAL VZLA), representados por su apoderado judicial JHON TUCKER BARBOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 81.672, con el carácter acreditado en autos y quienes solicitan la homologación y el cierre del expediente. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR J.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 3:00 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR J.