REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Diecisiete (17) de octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: GP02-S-2011-000755
OFERENTE: CONSTRUCTORA JUNCAL, C. A.
DEMANDADO: PARRA DELGADO BALMIRO ANTONIO
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO Y DEPOSITO


Vista la Transacción, presentada por las partes PARRA DELGADO BALMIRO ANTONIO, asistido por el abogado NELSON SEGOVIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 142.799, y por la otra la empresa CONSTRUCTORA JUNCAL, C. A., representada por su Apoderado Judicial abogado OLIVEROS VICTORIA Y LUIS ALDANA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N.° 144.383 y 141.899, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes; Así como copia de Cheque del Banco Occidental de Descuento (BOD), Número 86018809, por Bs. 9.896,79. Cheque a nombre del trabajador PARRA DELGADO BALMIRO ANTONIO. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS


LA SECRETARIA,


Abg. MARIA ELENA FUENTES.