REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, cuatro de Octubre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: GP02-L-2011-001388


Vista la diligencia, de fecha 04 de Agosto de 2011, suscrita por la ciudadana ROSANA DESIRE VIDAL LOZADA, Titular de la Cédula de Identidad N.° 21.587.198, debidamente asistida por el abogado MARIO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.783, mediante la cual Desiste de la presente demanda de Cobro de Prestaciones Sociales, incoada contra la empresa OESVICA, C.A. por lo que solicita al Tribunal la Homologue y ordene el cierre y archivo del expediente.
Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció la demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S



LA SECRETARIA


Abg. MARIA ELENA FUENTES.