REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

EXPEDIENTE: 4426/2011
SOLICITANTE: DAMELYS COROMOTO MONTANER DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.595.692 y de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE: FLERIDA OVALLES, inscrita en el Inpreabogado Nº 97.389 y de este domicilio.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SEDE: CIVIL.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA N° 262.

En fecha 28 de Septiembre el año 2011, se distribuyo la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, por ante el Juzgado (Distribuidor) Tercero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, correspondiendo el conocimiento a este Tribunal, presentada por la ciudadana: DAMELYS COROMOTO MONTANER DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.595.692 y de este domicilio, asistida por la abogada FLERIDA OVALLES, inscrita en el Inpreabogado Nº 97.389 y de este domicilio, donde solicita que se le reconozca sus derechos, tanto a ella como a su madre ROSA MARIA OJEDA DE MONTANER, y a sus hermanos ANGEL JESUS MONTANER OJEDA, NARKIS DEL VALLE MONTANER OJEDA, URBANO JOSE MONTANER OJEDA, LUZ ELENA MONTANER GUERRERO DORIAN MAURICIO MONTANER GUERRERO, JACKELIN DEL VALLE MONTANER GIL, AMELIA DEL MILAGRO MONTANER GIL, ANGEL RAMON MONTANER GUERRERO, CARLOS EDUARDO MONTANER GUERRERO, MIGUEL ANGEL MONTANER GUERRERO, ANGELIANA RAFAELA MONTANER GUERRERO, ANGELA OMAIRA MONTANER GUERRERO, ANGEL JESUS MONTANER GUERRERO, NELXON ENRIQUE MONTANER GUERRERO y PABLO ARMANDO MONTANER GUERRERO y se les acredite la cualidad que tienen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ANGEL RAMON MONTANER HERNANDEZ, quien era titular de la cedula de identidad N° 2.781.085 y falleció Ab-Intestato el 31-01-1995. La solicitante presento junto al escrito de solicitud; copias fotostáticas de las cédulas de identidad, Copia Certificada de Acta de Defunción Copias Certificadas de Partidas de Nacimiento.
En fecha 04 de Octubre del año 2.011, se le dio entrada al escrito de solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
En fecha Diez (10) de Octubre del año 2011, los solicitantes procedieron a presentar a los testigos y el tribunal seguidamente interrogo a los ciudadanas YENY DAMARIS CURIEL LARA y FRANCISCO ALFREDO RIVERO RIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 10.253.542 y 8.595.953, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes procedieron a contestar afirmativamente sobre los particulares contenidos en dicha solicitud.
Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud y analizados como han sido los recaudos y las actuaciones acompañadas a la misma, promovidas por la solicitante y evacuadas por ante este mismo Juzgado, este tribunal las considera suficiente para acreditarles el decreto de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: DAMELYS COROMOTO MONTANER DE RIVERO, ROSA MARIA OJEDA DE MONTANER, ANGEL JESUS MONTANER OJEDA, NARKIS DEL VALLE MONTANER OJEDA, URBANO JOSE MONTANER OJEDA, LUZ ELENA MONTANER GUERRERO DORIAN MAURICIO MONTANER GUERRERO, JACKELIN DEL VALLE MONTANER GIL, AMELIA DEL MILAGRO MONTANER GIL, ANGEL RAMON MONTANER GUERRERO, CARLOS EDUARDO MONTANER GUERRERO, MIGUEL ANGEL MONTANER GUERRERO, ANGELIANA RAFAELA MONTANER GUERRERO, ANGELA OMAIRA MONTANER GUERRERO, ANGEL JESUS MONTANER GUERRERO, NELXON ENRIQUE MONTANER GUERRERO y PABLO ARMANDO MONTANER GUERRERO, respectivamente todos antes











identificados, del De Cujus ANGEL RAMON MONTANER HERNANDEZ. Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE DECLARAR BASTANTES LAS PROBANZAS EVACUADAS para acreditarle a los ciudadanos: : DAMELYS COROMOTO MONTANER DE RIVERO, ROSA MARIA OJEDA DE MONTANER, ANGEL JESUS MONTANER OJEDA, NARKIS DEL VALLE MONTANER OJEDA, URBANO JOSE MONTANER OJEDA, LUZ ELENA MONTANER GUERRERO DORIAN MAURICIO MONTANER GUERRERO, JACKELIN DEL VALLE MONTANER GIL, AMELIA DEL MILAGRO MONTANER GIL, ANGEL RAMON MONTANER GUERRERO, CARLOS EDUARDO MONTANER GUERRERO, MIGUEL ANGEL MONTANER GUERRERO, ANGELIANA RAFAELA MONTANER GUERRERO, ANGELA OMAIRA MONTANER GUERRERO, ANGEL JESUS MONTANER GUERRERO, NELXON ENRIQUE MONTANER GUERRERO y PABLO ARMANDO MONTANER GUERRERO, el decreto de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ANGEL RAMON MONTANER HERNANDEZ , con todos los derechos y atributos que la ley acuerda, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias solicitadas. Devuélvase original con sus resultas al solicitante.

Publíquese. Regístrese. Diarícese y déjese copia para el copiador de sentencias, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Puerto Cabello a los Diez días del Mes de Octubre del año 2011. AÑOS: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza Temporal,


Abg. ODALIS MARIA PARADA MARQUEZ.

La Secretaria Titular,


Abg. ALICIA CALVETTI.

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, quedando anotada bajo el N° 262 y se dejo copia para el archivo.

La Secretaria,


Modesta L
Sol. No. 4426
Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva N° 262.