Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado. Carabobo.


SOLICITANTE (S): LEOBARDO JOSÉ ANTONIO GODOY MARTINEZ este primero nombrado representado por el ciudadano LEOBARDO ANTONIO GODOY VELEZ, LAUREEN MARIOLI DEL MILAGRO GODOY MARTINEZ y LOREANS CAROLINA GODOY MARTINEZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.103.096, V-3.843.193, V-15.860.068 y V-16.705.047 respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio Agustín Weber, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.970 todos de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 5002.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 12 de agosto de 2011, por los ciudadanos LEOBARDO JOSÉ ANTONIO GODOY MARTINEZ este primero nombrado representado por el ciudadano LEOBARDO ANTONIO GODOY VELEZ, LAUREEN MARIOLI DEL MILAGRO GODOY MARTINEZ y LOREANS CAROLINA GODOY MARTINEZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.103.096, V-3.843.193, V-15.860.068 y V-16.705.047 respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio Agustín Weber, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.970 todos de este domicilio, mediante la cual solicitan sean declarados “ÚNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en su condiciones de hijos de la de cujus, MORELBA COROMOTO MARTINEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V-3.848.558, quien falleció ab-intestato, en el municipio San Diego, estado Carabobo, en fecha 26/05/2.011. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos OMAÑA JAIME ALBERTO y SALAZAR GRATEROL JOSÉ LUIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.235.507 y V-3.582.307, respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos LEOBARDO JOSÉ ANTONIO GODOY MARTINEZ, LAUREEN MARIOLI DEL MILAGRO GODOY MARTINEZ y LOREANS CAROLINA GODOY MARTINEZ, ut supra identificados, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” de la de cujus, MORELBA COROMOTO MARTINEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V-3.848.558, quien falleció ab-intestato, en el municipio San Diego, estado Carabobo, en fecha 26/05/2.011, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 157, Tomo II, Año 2.011, en los Libros de Registro Civil de la parroquia Candelaria, del Municipio Valencia del estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año dos mil once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,

ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 horas de la mañana.-
La Secretaria Titular,

JGRG/mical.-
Exp. Nro. 5002.-