REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 26 de Octubre del 2.011
201º y 152º
Visto lo expuesto en la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano REINALDO ANTONIO LUGO SÁNCHEZ, parte Agraviada y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ARGENÍS GONZÁLEZ inscrito en I.P.S.A bajo el Nº 156.000, el Tribunal lo acuerda de conformidad. En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO efectuado por el ciudadano arriba antes mencionado por ante este Tribunal, se dá por consumado el Desistimiento y se HOMOLOGA el mismo y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que pone fin al presente proceso. En relación a la solicitud de la devolución de los documentos que forman parte del presente expediente; el Tribunal lo acuerda en conformidad, en consecuencia, devuélvanse los documentos solicitados dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos, expídanse las copias de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio,

Abog. Omaira Escalona
La Secretaria,

Abog. Carmen E. Martínez
En la misma fecha se hizo lo ordenado.-
La Secretaria,

Abog. Carmen E. Martínez