REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 28 de octubre de 2011
201º y 152º
N° De Expediente: Gp02-L-2011-001450
Parte Actora: José Gregorio Rodríguez titular de la cédula de identidad V- 16.454.330
Abogado Apoderado De La Parte Actora: Minerva Cedeño Y Alfred Martínez inpreabogado Nº 152.985 y 156.255 respectivamente.
Parte Demandada: Asociación Cooperativa De Transporte Foran Aurte R-L.
Abogado De La Parte Demandada: Leticia Morillo Y Mónica Montilla inpreabogado Nº 40.100 y 78.875 respectivamente.
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy 28 de octubre de 2011, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto habiendo transcurrido un lapso de espera de diez (10) minutos, dejándose expresa constancia que la parte actora en la presente causa no comparecieron ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la demandada compareció su apoderada judicial Abg. Leticia Morillo inpreabogado Nº 40.100. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial, una vez transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las nueve y quince de la mañana (09:15 a.m.) del día de hoy. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS
LA APODERADA DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES MIESES
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