TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Veinticinco (25) de Noviembre de 2011
201º y 152°

ASUNTO: GP02-S-2011-000816
OFERENTE: CONSTRUCTORA JUNCAL, C. A.
OFERIDO: MIGUEL ANGEL QUINTANA GALLARDO
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO


Vista la Transacción, presentada por las partes MIGUEL ANGEL QUINTANA GALLARDO, asistido por la abogada NATASHA LARA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 156.135, y por la otra la empresa CONSTRUCTORA JUNCAL, C. A., representada por sus Apoderados Judiciales abogados VICTORIA OLIVEROS Y LUIS ALDANA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N.° 144.383 y 141.899, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes; Así como copia de Cheque del Banco Occidental de Descuento (BOD), Número 02018820, por Bs. 7.511,46. Cheque a nombre de la trabajadora MIGUEL ANGEL QUINTANA GALLARDO. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS



LA SECRETARIA,


Abg. MARIA ELENA FUENTES.