Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado. Carabobo.


SOLICITANTE (S): DORIS MARGARITA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.099.440, asistida por la Abogada ROSA VIRGINIA RODRÍGUEZ VELOZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.793.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 5068.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 10 de octubre de 2011, por la ciudadana DORIS MARGARITA PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.099.440, asistida por la Abogada ROSA VIRGINIA RODRÍGUEZ VELOZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.793, mediante la cual solicita sea declarada “ÚNICA HEREDERA UNIVERSAL” en su condición de madre del de cujus, ANTHONY JOSÉ ESCOBAR PACHECO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-25.829.521, quien falleció ab-intestato, en el estado Cojedes, en fecha 09/04/2011. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos ciudadanos, CASTRO BAEZ ANIBAL JESUS y BENAVIDES RODRÍGUEZ ALVARO ROQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.375.203 y V-20.698.319 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a ciudadana DORIS MARGARITA PACHECO, supra identificada, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” del de cujus ANTHONY JOSÉ ESCOBAR PACHECO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-25.829.521, quien falleció ab-intestato, en el estado Cojedes, en fecha 09/04/2011, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 258, Año 2.011, en los Libros de Registro Civil del Municipio Naguanagua del estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil once (2.011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 9:30 de la mañana.-
La Secretaria Titular,

ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.

Exp. Nro. 5068.-
JGRG/mical.-