REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 08 de noviembre de 2011
201º y 152º

ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy martes 08 de noviembre de 2011, siendo las 09:30 a.m., día y hora fijado, en el acta de inspección de fecha 07 de noviembre de 2011, para que tenga lugar la declaración testimonial de la ciudadana DIMAS ENCARNACION PEREZ DIAZ. Se anunció el acto por el alguacil de este Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Mirla Montilla, IPSA Nº 156.394, quien asiste judicialmente a los solicitantes ciudadanos CARMEN GRACIELA RODRIGUEZ, AGUSTINA RODRIGUEZ y JUAN ANTONIO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 5.376.639, 5.376.723 y 3.287.024, respectivamente, todos de este domicilio, quienes presentan a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse DIMAS ENCARNACION PEREZ DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.876.269, de 60 años de edad, soltera, comerciante, residenciada en la Parroquia Independencia, Sector ”El Rincón”, Municipio Libertador del Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada ut-supra identificada, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga la testigo si conoce a los ciudadanos CARMEN GRACIELA RODRIGUEZ, AGUSTINA RODRIGUEZ y JUAN ANTONIO HERNANDEZ, de vista, trato y comunicación, y desde hace cuantos años? Respondió: Sí, desde hace mas de treinta (30) años aproximadamente. Segunda: ¿Diga la testigo si le consta que dichas bienhechurias antes descritas la han construido y mejorado a beneficio y en representación del Consejo Comunal del Sector El Rincón? Respondió: Si. Me consta que esos señores son personas preocupadas por la comunidad y también muy colaboradoras Tercera: ¿Diga la testigo si sabe y le consta que los ciudadanos CARMEN GRACIELA RODRIGUEZ, AGUSTINA RODRIGUEZ y JUAN ANTONIO HERNANDEZ, han ocupado las referidas bienhechurias en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida y desde hace varios años a fin de beneficiar a la comunidad? Respondió: Si. Totalmente, siempre en resguardo de los derechos que todos tenemos como también beneficiarios directos de esa Churuata. Cuarta: ¿Diga la testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: Por que los conozco desde hace años, somos vecinos y son muy trabajadores. Es todo, se leyó y conforme firman.

El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
LUIS ALFREDO ESCALONA El Secretario Accidental



La Testigo
DIMAS ENCARNACION PEREZ DIAZ
C.I.Nº 4.876.269


Abg. Mirla Montilla
IPSA Nº 156.394





Solicitantes (Representantes por el Consejo Comunal El Rincón)

CARMEN GRACIELA RODRIGUEZ AGUSTINA RODRIGUEZ
C.I.Nº 5.376.639 C.I.Nº 5.376.723




JUAN ANTONIO HERNANDEZ
C.I.Nº 3.287.024