REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 04 de noviembre de 2011
201º y 152º

N° De Expediente: Gp02-L-2011-001872
Parte Actora: TONY SEQUEIRA
Abogado Apoderado De La Parte Actora: no compareció
Parte Demandada: PAPELES VENEZOLANOS C.A.
Abogado De La Parte Demandada: EDUARDO AULAR y XIOMARA GUEDEZ inpreabogado Nº 26.948 y 55.484 respectivamente.
Motivo: Prestaciones Sociales.
En el día de hoy cuatro (04) de noviembre de 2011, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto habiendo transcurrido un lapso de espera de diez (10) minutos, dejándose expresa constancia que la parte actora en la presente causa no comparecieron ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la demandada comparecieron sus apoderados judiciales Abg. EDUARDO AULAR y XIOMARA GUEDEZ inpreabogado Nº 26.948 y 55.484 respectivamente. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena librar boleta de notificación a la parte actora para hacerle saber de la consignación de la cantidad de Bs. 89.270,32, la cual fue realizada por la demandada en fecha 07 de octubre de 2011. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las once y quince de la tarde (11:15 p.m.) del día de hoy. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.


LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA


LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES MIESES.