REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 23 de Mayo del año dos mil Once
201º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Expediente: GP02-S-2011-000313
Parte Ofertante: COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.
Parte Oferido: RONALD GONZALEZ
Motivo: OFERTA REAL DE PAGO.

Vista la transacción que antecede, realizado tanto por la parte Oferido RONALD GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 17.342.337; asistido por la profesional del derecho LUIMAR BASTIDAS, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 102.400, así como por la Ofertante: COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., representados por su apoderada judicial MARIA ALEJANDRA PRATO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 102.624, con el carácter acreditado en autos. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se ordena el cierre del expediente.
LA JUEZ

ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR J.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 9:00 a.m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR J.