Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo.
SOLICITANTE (S): JOSE FERREIRA FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.046.253, de este domicilio, JOAQUIN FERREIRA FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.122.063, de este domicilio, quien actúa en nombre propio y en nombre y representación de ZALOME FERREIRA FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.345.617.
ABOGADO: CARMEN ROMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 110.825, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA Y UNIVERSAL HEREDERO
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N° 4512
I
Por escrito presentado en fecha 09 de Diciembre de 2010, por ante el Juzgado Distribuidor, por el ciudadano JOSE FERREIRA FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.046.253, de este domicilio; JOAQUIN FERREIRA FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.122.063, de este domicilio, quien actúa en nombre propio y en nombre y representación de la ciudadana ZALOME FERREIRA FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.345.617, donde solicitan sean declarados como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del De-cujus SEVERIANO FERREIRA, fallecido Ad-intestato el día 08 de Noviembre de 2005, en el Municipio Valencia del Estado Carabobo.
En fecha 12 de enero de 2011, se le dio entrada asignándole el Nro. 4512, y fue
Admitida en la misma fecha dicha solicitud. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados por ante este mismo Juzgado los testigos, ciudadanas NELLY MERCEDES ZAPATA AGUILAR y LUISA SOLANGIE AGUIAR AGUIAR, ambas Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.126.479 y V-15.008.487 respectivamente y de este domicilio, promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos JOSE FERREIRA FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.046.253; JOAQUIN FERREIRA FERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.122.063; y ZALOME FERREIRA FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.345.617, todos de este domicilio, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto SEVERIANO FERREIRA, quien era extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-693.126 fallecido Ad-intestato el día 08 de Noviembre de 2005, en el Municipio Valencia del Estado Carabobo, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el N° 251, Tomo I, Año 2005, en los Libros de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los Veintisiete (27) días del mes de mayo del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria,
ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:00 de la mañana.-
La Secretaria,
ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN,
Exp. Nº 4512.-
JGRG/wbm.-
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