REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 04 de mayo de 2011
201º y 152º
ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy miércoles 04 de mayo de 2011, siendo las 11:10 a.m., día y hora fijado, por auto de fecha 02 de abril de 2011, para que tenga lugar la declaración testimonial del ciudadano Manuel del Valle López Azocar. Se anunció el acto por el alguacil de éste Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Glenyn Urbina, inscrita en el IPSA, bajo el Nº 151.921, asistiendo a los solicitantes ciudadanos Ludis Cecilia Yepez Benavides y Felipe Castillo, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nº V-12.485.117 y 11.814.811, respectivamente, quien presenta a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse Manuel del Valle López Azocar, titular de la cédula de identidad Nº 5.904.203 de 48 años de edad, soltero, operador de maquinas, residenciado en el Barrio la Coromoto, Calle Plaza, casa Nº 35, Parroquia Guacara, Municipio Guacara del Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada, supra identificado, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga el testigo si conoce a los ciudadanos Ludís Cecilia Yépez Benavides y Felipe Castillo, de vista, trato y comunicación, desde hace varios años? Respondió: Sí. Segunda: ¿Diga el testigo si le consta que dichas bienhechurías antes descritas la ha construido a sus solas y únicas expensas? Respondió: Sí. Tercera: ¿Diga la testigo si sabe y le consta que los ciudadanos Ludís Cecilia Yépez Benavides y Felipe Castillo, ha ocupado las referidas bienhechurías en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida desde hace varios años? Respondió: Sí, me consta. Cuarta: ¿Diga la testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: Por que tengo dos (02) años compartiendo en el predio con ellos. Es todo, se leyó y conforme firman.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA
Abogada Asistente
Glenyn Urbina
Solicitante
El Testigo Ludis Cecilia Yepez Benavides
Manuel del Valle López Azocar
Felipe Castillo