REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 16 de mayo de 2011
201º y 152º
ACTA DE DECLARACION TESTIFICAL.
En el día de hoy lunes 16 de mayo de 2011, siendo las 02:30 p.m., día y hora fijado, por auto de fecha 13 de mayo de 2011, para que tenga lugar la declaración testimonial de la ciudadana Armanda Rosa Vielma de Tellechea. Se anunció el acto por el alguacil de este Tribunal. Se deja constancia que compareció la abogada Mirla Montilla, IPSA Nº 156.394, quien asiste judicialmente a la solicitante ciudadanos Gladis Romero, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 4.450.105, quien presenta a una persona que de conformidad con lo previsto en el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil, presta juramento de decir la verdad y dijo ser y llamarse Armanda Rosa Vielma de Tellechea, titular de la cédula de identidad Nº 7.024.326, de 54 años de edad, casada, ocupación del hogar, residenciado en la parroquia Miguel Peña, Asentamiento Campesino “Altos del Paito”, calle Carabobo, Municipio Valencia del Estado Carabobo, manifestó no tener impedimento legal alguno para declarar sobre el interrogatorio que le será formulado a continuación. Seguidamente la abogada ut-supra identificada, pasa a formular el interrogatorio de viva voz de la siguiente manera: Primera: ¿Diga la testigo si conoce a la ciudadana Gladis Romero, de vista, trato y comunicación, y desde hace cuantos años? Respondió: si la a la señora Gladis Romero la conozco desde hace cuatro (04) años aproximadamente. Segunda: ¿Diga la testigo si le consta que dichas bienhechurias antes descritas la ha construido a sus solas y únicas expensas? Respondió: claro que esa señora ha construido sola esa bienhechuría. Tercera: ¿Diga la testigo si sabe y le consta que la ciudadana Gladis Romero, ha ocupado las referidas bienhechurias en forma pública, pacifica, continua e ininterrumpida y desde hace varios años? Respondió: si me consta, porque desde que la conozco nunca ha tenido problema en el asentamiento donde vive. Cuarta: ¿Diga la testigo como le consta lo anteriormente dicho? Respondió: me consta, porque ella es una persona de buen proceder y siempre ha sido así. Es todo, se leyó y conforme firman.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
LUIS ALFREDO ESCALONA El Secretario Accidental
La Testigo
Armanda Rosa Vielma de Tellechea
C.I.Nº 7.024.326
Abg. Mirla Montilla
IPSA Nº 156.394
La Solicitante
Gladis Romero
TITULO SUPLETORIO
Nº 00012