REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 16 de Junio del año dos mil once
201º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-000863
PARTE ACTORA: WILLIANS RAFAEL BENITEZ GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: CERVECERIA POLAR DEL CENTRO, C.A.
MoTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, 16 de Junio del año 2011, siendo la 1:30 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia que la parte actora WILLIANS RAFAEL BENITEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.671.352, quien no compareció ni por si ni por apoderado judicial alguno la juez de este tribunal pidió al ciudadano Alguacil VICTOR SEIDEL, que anunciara nuevamente a viva voz el llamado a la audiencia y siendo las 08:45 a.m. la juez dejó constancia en la tablilla con su firma la no asistencia de la parte demandante, y compareciendo solo por la demandada CERVECERIA POLAR DEL CENTRO, C.A., representado por su apoderada judicial MARIELENA PAEZ PUMAR, debidamente inscrita en el IPSA bajo el N° 39.320. De la incomparecencia de la parte actora, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201° y 152°.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
NO COMPARECIO

LA SECRETARIA

ABG. DAYANA TOVAR