Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

SOLICITANTE (S): MARIA MATILDE CASTILLO GUERRERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.026.330, de este domicilio, asistida por la Abogada en ejercicio NANCY MELYSSA GRATEROL RODRIGUEZ.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 4695.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 28 de marzo de 2011, por presentada por la ciudadana MARIA MATILDE CASTILLO GUERRERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.026.330, de este domicilio, asistida por la Abogada en ejercicio NANCY MELYSSA GRATEROL RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 149.336, mediante la cual solicita sean declarados sus tres (03) hijos ciudadanos ARTURO RAMÓN, SENITH DAVID y ALBA MILAGROS todos de Apellidos AQUINO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, así como su persona “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de concubina e hijos sobrevivientes relativamente, del de cujus, ARTURO AQUINO, venezolano, mayor de edad, casado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-1.370.943, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 25-06-2.009. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigo ciudadanos RODRÍGUEZ LUIS FELIPE y LÓPEZ de RODRÍGUEZ DILCIA EVANGELIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.135.422 y V-7.027.262 respectivamente, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos MARIA MATILDE CASTILLO GUERRERO, ARTURO RAMÓN, SENITH DAVID y ALBA MILAGROS los tres últimos de Apellidos AQUINO CASTILLO, ut supra identificados, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” del de cujus, ARTURO AQUINO, venezolano, mayor de edad, casado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-1.370.943, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 25-06-2.009, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 578, Tomo III, Año 2.009, en los Libros de Registro Civil del Municipio Naguanagua, estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veintiún (21) días del mes de junio del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,

ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:15 horas de la mañana.-
La Secretaria Titular

Exp. Nro. 4695.-
JGRG/mical.-