REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 20 de junio de 2011
200º y 152º
Vista la diligencia suscrita por el Abogado JAIME TORTOLERO identificado en autos, contentivo del DESISTIMIENTO, del PROCEDIMIENTO efectuado por el Abogado arriba mencionado por ante este Tribunal, se dá por consumado el Desistimiento y acuerda tener el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que pone fin al presente proceso. En relación a la solicitud de la devolución de los Originales que forman parte del presente expediente; el Tribunal lo acuerda en conformidad, en consecuencia, devuélvanse los originales solicitados dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos. Expídase la copia de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Se da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente.
La Juez Provisoria,

Abog. Omaira Escalona La Secretaria Temporal,


Abog. Carmen Martinez