REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 26 de Julio del año dos mil once
201º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001134
PARTE ACTORA: JULIO RICARDO SILVA MONTILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MATUTE BAÑEZ JOSE ANTONIO
PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE DEMORAS INTERMODAL 77, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE DEMORAS INTERMODAL 77, C.A. y JULIO RICARDO SILVA MONTILLA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 26 de Julio del año 2011, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora JULIO RICARDO SILVA MONTILLA, titular de la cedula de identidad N° 19.001.036, quien no compareció ni por si ni por apoderado judicial alguno la juez de este tribunal pidió al ciudadano Alguacil VICTOR SEIDEL, que anunciara nuevamente a viva voz el llamado a la audiencia y siendo las 11:07 a.m., la juez dejó constancia en la tablilla con su firma la no asistencia de la parte demandante, y compareciendo solo por la demandada: SERVICIO DE DEMORAS INTERMODAL 77, C.A., representada por su apoderado judicial JHONNY JORDAN NAVAS, IPSA N° 115.554.

De la incomparecencia de la parte actora, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201° y 152°.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
NO COMPARECIO

LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR