Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

SOLICITANTE (S): LIGIA JOSEFINA SANCHEZ CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.458.547, de este domicilio, asistida en este acto por la Abogada DEYANIRA MÁRQUEZ CABALLERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.979.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 4912.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 30 de junio de 2011, la ciudadana LIGIA JOSEFINA SANCHEZ CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.458.547, de este domicilio, asistida en este acto por la Abogada DEYANIRA MÁRQUEZ CABALLERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.979, mediante la cual solicita sea declarada, “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” en su condición de madre sobreviviente de la de cujus, LISBETH COROMOTO MEDINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, identificada con la cédula de identidad Nro. V-15.979.960, quien falleció ab-intestato, en el municipio Naguanagua, estado Carabobo, en fecha 28-05-2.011. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados las testigos ciudadanas CABRERA DOMINGUEZ YELITZA ISABEL y DOMINGUEZ MARITZA MERCEDES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.184.545 y V-5.375.746 respectivamente, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana LIGIA JOSEFINA SANCHEZ CARVAJAL, ut supra identificada, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” de la de cujus, LISBETH COROMOTO MEDINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, identificada con la cédula de identidad Nro. V-15.979.960, quien falleció ab-intestato, en el municipio Naguanagua, estado Carabobo, en fecha 28-05-2.011, según consta de Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 376, año 2.011, Tomo I, Año 2.008, en los Libros de Registro Civil de la Parroquia San José, del municipio Valencia, estado Carabobo, respectivamente, dejando a salvo los derechos de terceros; y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 01:45 horas de la tarde.-
La Secretaria Titular
Exp. Nro. 4912.-
JGRG/mical.-