REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 17 de Febrero de 2011
Años 200º y 151º
ASUNTO: GP01- S- 2010-000990
JUEZA: ABG. FATIMA SEGOVIA.
FISCALÍA: Vigésima Segunda del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
IMPUTADO: OSCAR RAFAEL HERNANDEZ CUMARE, venezolano, de 53 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.159.730, nacido en fecha 27/01/1957, natural de Punto Fijo estado Falcón, hijo de los ciudadanos: Ana Cumare y Cristóbal Hernández, residenciado en el Barrio Bello Monte I, calle Venezuela, casa Nº 53, Valencia estado Carabobo.
DEFENSA PRIVADA. Abg. JOSE RAFAEL RAMIREZ.
DELITO: ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia.
VICTIMA: Niña de 10 años cuya identidad se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA.
DECISION: SOLICITUD DE PRÓRROGA PROCEDENTE.
Visto el escrito presentado por la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Publico, del estado Carabobo, abogada, Teresa Claret Méndez, mediante el cual solicita a este tribunal un lapso de prórroga de noventa (90) días en el presente asunto seguido en contra del ciudadano OSCAR RAFAEL HERNANDEZ CUMARE, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña de 10 años cuya identidad se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la lopnna.
Corresponde a este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas, con Competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal, decidir sobre la solicitada presentada por la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público en escrito de fecha 16 /02/2011, este Juzgado pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: Se recibe de la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público del Estado Carabobo, escrito en fecha 16 de febrero del 2011, solicitando al tribunal una prorroga de 90 días a los fines de emitir un acto conclusión en el presente asunto.
SEGUNDO: En fecha 24 de octubre de 2011, tuvo lugar la celebración de la audiencia especial de presentación de imputado al ciudadano OSCAR RAFAEL HERNANDEZ CUMARE, a quien se le sigue el presente asunto por la presunta comisión del delito de de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la de la niña de 10 años cuya identidad se omite de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la lopnna.
Ahora bien, de la revisión exhaustiva de la presente solicitud es menester señalar el contenido del artículo 79 de la Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que establece lo siguiente:
“… El ministerio publico dará termino a la investigación en un plazo que no excederá de cuatro meses, si la complejidad del caso lo amerita, el ministerio público podrá solicitar fundadamente ante el tribunal de Violencia Contra la Mujer con Funciones de Control, Audiencias y Medidas competente, con al menos diez días de antelación al vencimiento de dicho lapso, una prórroga que no podrá ser menor de quince ni mayor de noventa días.
El tribunal decidirá, mediante auto razonado, dentro de los tres días hábiles siguientes a la solicitud fiscal...”
Este tribunal tomando en consideración que la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socio-culturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa, aunado que la solicitud se realizo dentro del lapso previsto en la Ley Especial. Es por lo que quien aquí decide considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por la Representante del Ministerio Público. Y así decide.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por la Representante del Ministerio Público, y en consecuencia Acuerda una prórroga de treinta (30) días en el presente asunto seguido en contra del ciudadano OSCAR RAFAEL HERNANDEZ CUMARE, a los fines que la fiscalía Vigésima Segunda del ministerio público, emita el acto conclusivo, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 79, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Notifíquese a las partes de la presente decisión, déjese copia certificada de la misma. Regístrese. Diarícese, publíquese, CÚMPLASE.
Abg. Fátima Segovia
Jueza Primera de Primera Instancia
En Función de Control Audiencia y Medidas
La Secretaria,
Abg. María Blanco
ASUNTO: GP01-S-2010-000990.
|