REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 18 de Enero del año dos mil once
200º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Expediente: GP02-L-2010-000983
Parte Actora: FLORENCIO BRIZUELA CASTILLO
Parte Demandada: TRANSPORTE MANOCHENTE, C.A. Y
ALIMENTOS BERRIOS C.A.
Motivo: Prestaciones Sociales.

Vista la transacción que antecede, realizado tanto por la parte actora, FLORENCIO BRIZUELA CASTILLO, titular de la cedula de identidad N° 4.464.693, asistido por la profesional del derecho GLORIA URRIERA, Procuradora de Trabajadores, IPSA, bajo el N° 13.118, así como por la demandada: TRANSPORTE MANOCHENTE, C.A., representados por su apoderada judicial ZORAIDA ESPINOZA DE BERRIOS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 43.316, con el carácter acreditado en autos. Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia.
LA JUEZ

ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 11:00 a.m.
LA SECRETARIA
ABG. DAYANA TOVAR