REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinte (20) de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: GP02-L-2010-002575
PARTE ACTORA: SAMIL RAZOOK ZABALETA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: PEDRO PEÑALOZA
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT SPORT BAR SPOONERS, C.A (ROCCOS DANCING RESTAURANT) (NO ASISTIO)
APODERADO DE LA DEMANDADA: (NO ASISTIO)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

ACTA
En el día hábil de hoy veinte (20) de enero de dos mil once, siendo las 11:00 am., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente el apoderado judicial del demandante PEDRO PEÑALOZA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 15.634 y consigna sus pruebas. En este estado el Tribunal deja constancia de la NO-COMPARECENCIA a la Audiencia de la parte demandada RESTAURANT SPORT BAR SPOONERS, C.A (ROCCOS DANCING RESTAURANT) ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, paso a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA, por el ciudadano: SAMIL RAZOOK ZABALETA contra la empresa RESTAURANT SPORT BAR SPOONERS, C.A (ROCCOS DANCING RESTAURANT) condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos:

A) Antigüedad del Artículo 108 de la LOT:
15 días X Bs. 56.59 = Bs. 848,85


B) Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionado
9.17 Días por salario diario de Bs. 53.33 = Bs. 489.03


C) Utilidades Fraccionadas:

6.25 días por salario diario de Bs. 53.33 = Bs. 333,31

D) Indemnizaciones que establece el articulo 125 de la LOT:

10 días por salario de Bs. 56.59 = Bs. 565,90
15 días por salario de Bs. 56.59 = Bs. 848,85

Estos conceptos suman la cantidad de TRES MIL OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.3.085,94) todo en virtud de la relación de trabajo que lo unió con la empresa RESTAURANT SPORT BAR SPOONERS, C.A (ROCCOS DANCING RESTAURANT) desde el 26 de Febrero de 2010 hasta el 30 de julio de 2010. De igual manera este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, aplicando los criterios reiterados por la Jurisprudencia de nuestro máximo tribunal sobre indexación, este Tribunal lo acuerda y será calculada desde el decreto de Ejecución hasta su materialización, entendiéndose por esto ultimo la oportunidad de pago efectivo y así se decide por el monto de Bs. 3.085,94 y por estas razones se ordena mediante experticia complementaria al fallo, Se acuerda de igual manera los Intereses de Mora sobre las cantidades condenadas desde la fecha de la terminación de la relación de trabajo (30/07/2010) hasta que se realice la experticia complementaria del fallo, las cuales se deben practicar considerando: 1º) Será realizada por un único perito designado por el tribunal ; 2) El Perito considerará las tasas de interés fijada por el Banco Central de Venezuela, y solo deben excluirse de dicho monto los periodos en los cuales la causa se encuentra suspendida por acuerdo de ambas partes, pues en dicha suspensión sí tiene responsabilidad el trabajador o hechos fortuitos o fuerza mayor, y en el presente caso no ocurrió. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Se condena es Costas. Años 200º y 151º.
LA JUEZ .

KYBELE K. CHIRINOS MONTES

LA SECRETARIA,