PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 24 de Enero del 2011
200º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXPEDIENTE: GP02-L-2010-001855
PARTE ACTORA: ANGEL RAMON MENDOZA
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA : GLORIA URRIERA
PARTE DEMANDADA: CLOVER INTENACIONAL C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: WILFREDO FEO KRISCHKE
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 24 de Enero del 2011 siendo las 11:30 A.M. hora y fecha fijada para llevar a cabo la Audiencia Preliminar Primigenia, este Juzgado deja constancia de LA INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS, COMO LO ES ANGEL RAMON MENDOZA, titular de la cédula de identidad No. 18.687.211 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se expresa constancia de la comparecencia de la demandada en la persona de su Apoderado Judicial WILFREDO FEO KRISCHKE Inpreabogado No. 99.604, y de la Procuradora Especial de Trabajadores GLORIA URRIERA Inpreabogado No. 13.118.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
La Secretaria,
Abg. ANNERIS NORMAN
Los Presentes:
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