REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 25 de enero de 2011
200º y 151º
Visto el Desistimiento del Procedimiento por el ciudadano JESÚS ENRIQUE ESCALONA VEGAS, en su carácter de autos, asistido por la Abogada FANNY MENDOZA DE BANDRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.081, de este domicilio, por una parte y por la otra parte la ciudadana CONSUELO COROMOTO GONZÁLEZ, asistida por el Abogado OSMAN REYES G., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.958, de este domicilio, el Tribunal da por CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, efectuado, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
La Juez Provisoria,
Abog. Omaira Escalona La Secretaria,

Abog. Nancy Molina