REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, nueve (09) de Diciembre de dos mil once
201º y 152º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-002081
PARTE ACTORA: MARIANELLA DE JESUS HIDALGO DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: -----------------------------------
PARTE DEMANDADA: GMO´PLUS, C.A., Solidariamente VENEZOLANA DE PINTURAS, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: ISABEL SOFIA SANZ, GIUSEPPINA CANGEMI y JOHNNY QUIÑONES
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, Nueve ( 09 ) de Diciembre del 2011, siendo las 11:30 a.m., del día y hora fijada para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la empresa demandadas GMO´PLUS, C.A, a través de la ciudadana ISABEL SOFIA SANZ, titular de la Cédula de Identidad N.° 13.104.116, actuando como Directora de la demandada, debidamente asistida por el abogado JOHNNY QUIÑONES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 144.933. También compareció por la demandada solidaria VENEZOLANA DE PINTURAS, C.A., la abogada GIUSEPPINA CANGEMI, inscrita en el Inpreabogado N.° 24.234, actuando con el carácter de apoderada judicial de esta demandada, según consta en Poder, el cual corre agregado a los folios 22,23,24,25 y 26, del expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201 ° y 152 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA
ABG. ASISTENTE DE LA DEMANDADA
ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA FUENTES
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