A C T A
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001304.
PARTE ACTORA: VIDAL ANTONIO QUERALES RIVERO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES GUACRA C.A.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO.
En el día hábil de hoy, 01 de Diciembre de 2011, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano VIDAL ANTONIO QUERALES RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 7.136.016; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno.- presente el abogado JESUS PEREZ, inscrito en el Ipsa bajo el N° 118.361, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada VIGILANTES GUACARA C.A..- En este estado, ante la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Juez,
Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.
La Secretaria,
Abg. MARIA A. GUZMAN.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 10:30 a.m.-
LA SECRETARIA,
Abg. MARIA A. GUZMAN.
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