República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


En el día de hoy 12 de diciembre de 2011, siendo las 9:30 de la mañana, se traslado y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZALEZ VALLES, y la Secretaria Titular abogada YULYMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio RAFAEL RAMIREZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.106.299, apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES DARWIN FREIRE C.A, en el inmueble donde funciona la empresa demandada EMPRESA DE CONSTRUCCIONES BENVENUTO BARSANTI, S.A, la cual esta ubicada en la carretera nacional los Guayos, Guacara Centro Empresarial el Nepe, con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión Nro. 3684, contentiva del decreto de EMBARGO PREVENTIVO, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 24.414. Seguidamente el tribunal deja constancia que la dirección aportada por la parte actora, en la cual funciona la empresa demandada, esta fuera de la jurisdicción de este tribunal, por consiguiente acuerda regresar a su sede. Seguidamente la parte actora abogado en ejercicio RAFAEL RAMIREZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.106.299, expone: Por cuanto observamos que efectivamente la jurisdicción de la empresa demandada le corresponde al Tribunal Ejecutor de los Municipios Guacara, San Joaquín o Diego Ibarra del Estado Carabobo, es por lo que muy respetuosamente le solicito al tribunal Tercero Ejecutar se sirva remitir la comisión al referido tribunal en el estado en que se encuentra con la finalidad de poder materializar la medida, para lo cual juro la urgencia del caso. Seguidamente el Tribunal vista la solicitud de la parte actora, acuerda lo solicitado en la presente acta, ordenando se remita la comisión en el estado en que se encuentra al Tribunal Ejecutor de los Municipios Guacara, San Joaquín o Diego Ibarra del Estado Carabobo y que el mismo regrese a su sede siendo las 10:30 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.