REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 26 de agosto de 2011

SENTENCIA DEFINITIVA

EXPEDIENTE:
GP02-O-2011-000116

DEMANDANTE:
ANDRES FERNANDO GOMEZ ROMERO, C.I. N°- 7.125.398.-

APODERADA:
NANCY DEL PILAR CADENAS BRICEÑO, ISPAS Nº- 52.450.-

DEMANDADA:
MAQUITECH DISTRIBUIDORA, C .A.


APODERADO DE LA DEMANDADA

WASKARY ARAUJO Y JOEL MIQUILENA, ISPAS N° 94.060 Y 134.959.-

MOTIVO:

AMPARO.

En el día de ayer 25 de Agosto de 2011, se constituyó el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en sede constitucional, presidido por el Juez JORGE SILVA SUAREZ, asistido por la Secretaria Accidental Elizabeth Guzmán, y el ciudadano Alguacil Alfonso Sánchez, en virtud de la competencia conferida de conformidad con la sentencia N°- 955, de- fecha 23/09/2010 del Magistrado Ponente Francisco Antonio Carrasquero López, a los fines de celebrar la Audiencia Constitucional, oral y pública fijada para el día de hoy, con motivo de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ANDRES GOMEZ, en la cual se señala como presunta agraviante a la sociedad de comercio “MAQUITECH DISTRIBUIDORA, C.A.”
Este Juzgador dejó constancia que en la oportunidad de la celebración de la audiencia oral y publica de Amparo Constitucional, la parte presunta agraviada ciudadano ANDRES GOMEZ, debidamente asistido por la abogada NANCY DEL PILAR CADENAS BRICEÑO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 52.450, mediante escrito presentado en la misma audiencia, DESISTIO DE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL y que en consecuencia no realizaría la exposición de los alegatos en audiencia, motivo por el cual, con fundamento en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales este Juzgador declaró en forma oral el desistimiento de la acción de amparo interpuesta.

De conformidad con el artículo 165 eiusdem este Juzgado reproduce el fallo en los siguientes términos:

Dada la exposición de la parte querellante en amparo, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA ACCION INTERPUESTA.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE. DÉJESE COPIA CERTIFICADA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, veintiséis (26) del mes de Agosto del año 2.011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez


JORGE SILVA SUAREZ

La Secretaria Acc.,

Abg. MARIA ALEJANDRA GUZMAN.

En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 2:30 p.m.


La Secretaria Acc.,

Abg. MARIA ALEJANDRA GUZMAN.