REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 10 de Agosto del año dos mil Once
201º y 152º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ASUNTO: GP02-L-2010-000083
PARTE DEMANDANTE: RICHARD ATAGUALPA ZAVARSE
PARTE DEMANDADA: LORENZO SIGNORELLI RODRIGUEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
SENTENCIA: PERENCION

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa: Se inició la presente causa mediante COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, presentada en fecha 21 de Enero del año 2.010, por el ciudadano: RICHARD ATAGUALPA ZAVARSE, titular de la Cédula de Identidad N° 11.605.987, a través de la Procuradora de trabajadores FABRICIANA NARVAEZ, IPSA N° 102.556, parte demandada: LORENZO SIGNORELLI RODRIGUEZ, C.I. 15.652.923, en su carácter de patrono. Este Tribunal en fecha 21/01/2010 le dicto despacho saneador, fue subsanada y se admitió en fecha 02 de Febrero del año 2.010, y se libraron los respectivos carteles. Este tribunal observa que la última actuación procesal data del 18 de Febrero del año 2010.

Analizadas las actuaciones del expediente de marras, este tribunal advierte que en el caso específico ha ocurrido una inactividad de la parte el 18/02/2010, el tribunal en virtud de que no se ha ejecutado ningún acto de procedimiento durante más de un (1) año, lo que hace aplicable el decaimiento de la acción por falta de impulso procesal. En consecuencia, este Tribunal de oficio debe declarar la PERENCIÓN de la instancia conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía a tenor de lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, y al haber transcurrido más de un (01) año sin actividad procesal, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, presentada en fecha 21 de Enero del año 2.010, por el ciudadano: RICHARD ATAGUALPA ZAVARSE, titular de la Cédula de Identidad N° 11.605.987, a través de la Procuradora de trabajadores FABRICIANA NARVAEZ, IPSA N° 102.556, parte demandada: LORENZO SIGNORELLI RODRIGUEZ, C.I. 15.652.923, en su carácter de patrono, conforme a lo contemplado en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía a tenor de lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condenatoria en costas conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente decisión y archívese en el copiador llevado al efecto por el Tribunal. Publíquese y Regístrese. Déjese copia de archivo.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los Diez (10) días del mes de Agosto del año dos mil Once (2011). Años 201º y 152º.
La Juez,

Abg. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMÉNEZ
La Secretaria,

Abg. DAYANA TOVAR

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 9:48 A.M.

La Secretaria,
Abg. DAYANA TOVAR