REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, once de agosto de dos mil once
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-001177
PARTE ACTORA: FRANCISCO R. REYES GUANDA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ODALIZ MORENO Y JOSE NIEVES
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE VESUBIO, C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELBA DE HERRERA
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO



En el día hábil de hoy, Once (11) de Agosto de 2011, siendo las 10:30 a. m. horas, oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció el reclamante FRANCISCO REYES GUANDA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.068.649, debidamente representado por la abogado ODALIZ MORENO, IPSA, Nro. 74.262, y por la parte demandada TRANSPORTE VESUBIO, C.A, debidamente representada por la abogada ELBA YANNINA BRICEÑO, I.P.S.A Nro. 19.990; dándose inicio a la prolongación de la audiencia, ambas partes manifiestan su voluntad de ponerle fin al presente juicio mediante una transacción de naturaleza laboral, contenida en el siguiente acuerdo transaccional: PRIMERO ambas partes acuerdan dar por terminada la relación laboral entre ambos, de manera definitiva, por lo que el trabajador exige el pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios laborales generados en virtud de dicha relación laboral ya culminada. SEGUNDO: Ambas partes acuerdan en fijar un monto en bolívares que abarque o comprende, a satisfacción de ambos, la totalidad, la totalidad de los conceptos generados en ocasión de la relación laboral culminada entre las partes, como son los conceptos de Prestaciones de Antigüedad, articulo 108 LOT, es igual a 55 días por Bs. 8176.39; Utilidades año 2011 es igual a 2,5 días por Bs. 140,00, es igual a Bs. 350.00; intereses sobre prestaciones sociales es igual Bs. 248,26; vacaciones vencidas es igual a 15 días, por Bs. 140,00, es igual a Bs. 2.100,00; Indemnización por despido, Articulo 125 LOT, es igual a 45 días por Bs. 148, 56, es igual a Bs. 6.685,00, total asignaciones Bs. 17.559.65. Deducciones: Ince. Bs. 1.75; anticipos de Diciembre de 2010, Bs. 6508.02. Total deducciones Bs. 6.509.77, Neto a pagar es la cantidad de ONCE MIL CUARENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs. 11.049.87). TERCERO: De común acuerdo, las partes han establecido que el pago del monto total de Bs. ONCE MIL CUARENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs. 11.049.87), sea entregado en este momento de la firma del presente acuerdo Transaccional, mediante la entrega por parte de TRANSPORTE VESUBIO C.A, de un cheque signado con el Nro. 86758822, Por la cantidad de Bs. 11.049.87; librado contra el Banco FONDO COMUN, que el ex trabajador FRANCISCO REYES GUANDA, declara recibir a su entera y cabal satisfacción en este acto. CUARTO: Las partes manifiestan estar mutuamente satisfechas con el presente arreglo, y declaran no tener nada que reclamarse por concepto alguno derivado o no de la relación laboral que los vinculaba, quedando expresamente entendido que la cantidad arriba entregada queda bonificada por la vía transaccional aquí adoptada. QUINTO; Las partes declaran expresamente, que convienen en dar a la presente transacción judicial el valor de cosa juzgada, y solicitan al tribunal se homologue la misma. El tribunal les hace a las partes la devolución de las pruebas aportadas al inicio de la audiencia. Este Tribunal. Una vez oída la exposición de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de cosa Juzgada. Las partes solicitan el cierre y archivo del expediente. De esta acta se hacen cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Déjese copia, Termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS

La Parte Actora



La Parte Demandada

LA SECRETARIA,

Abg. María Elena Fuentes