REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 2 de Agosto de 2011
Años 201º y 152º

ASUNTO: GP01-S-2011-000632
JUEZA: BLANCA JIMÉNEZ
IMPUTADO: CLEYNER ALEJANDRO MUJICA DIAZ
FISCALIA: TRIGESIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VICTIMA: NAILETH HERNANDEZ
DELITO: ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO POR FALLECIMIENTO DEL IMPUTADO

DE LA INFORMACIÓN DEL FALLECIMIENTO DEL IMPUTADO
Con vista al escrito presentado, en fecha 26-07-2011, por la ciudadana FRANCISCA OJEDA AULAR, Fiscal Trigésima del Ministerio Público, en el que informa del fallecimiento del ciudadano: CELYNER ALEJANDRO MUJICA DÍAZ, C.I No24.970.568, y consigna copias del Acta de defunción, emanado de la Registradora Civil de la Parroquia Guácara, Municipio Guácara, Estado Carabobo de fecha 13-06-2011 y del Certificado de Defunción, de fecha 12-06-2011correspondiente al referido imputado (folios 06 y 07), solicitando el Sobreseimiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 ordinal 3 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 1°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal, pasa a resolver atendiendo a lo dispuesto en el artículo 324 de la Ley penal Adjetiva:

De revisión efectuada al presente asunto, se determina que se inicia la investigación, por la detención en flagrancia y efectuado la Audiencia especial de presentación en fecha 07-06-2011, imputados los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, previstos en los artículos 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, acordada Medida Cautelar Sustitutiva de conformidad con lo establecido en los artículos 256 ordinales 2,3,4,5,6 y 9 del COPP y artículo 92 ordinales 4 y 7 de la Ley Especial e impuestas Medidas de Protección de acuerdo a lo establecido en los ordinales 5 y 6 del artículo 87 de la Ley especial.
Ahora bien, en fecha 26-07-2011, la Fiscalía 30 del Ministerio Público, , presentó como acto conclusivo, SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO, a tenor de lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° y artículo 48 ordinal 1 del COPP, motivado al fallecimiento del imputado, de acuerdo a lo concluido en el protocolo de autopsia como causa de la muerte: “ Anemia aguda Shock hipovolemico y Cardiogenico.Hemorragia interna y Externa. Desgarro Cardiaco y Pulmonar Derecho, Herida por Proyectil disparado por Arma de Fuego en Torax, según lo certifica Doctor Eduvio Ramos…”, de conformidad con el artículo 324 del COPP, ESTE Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de control, Audiencias y Medidas pasa a resolver, en los siguientes términos:

DE LAS RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN
El escrito Fiscal, solicitando el Sobreseimiento del presente asunto, motivado a fallecimiento del imputado, presentado en fecha 26-07-2011, adjunto Hoja de audiencia de fecha 08-07-2011 suscrita por la ciudadana NERYS ESTHER DÍAZ GARCIA, C.I No 11. con copias del Acta de Defunción y Certificado de Defunción, precedentemente precisados, estableciendo causa del fallecimiento del imputado.

Con los descritos documentos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, considera que se encuentra ACREDITADO el hecho cierto de la muerte del ciudadano: CLEYNER ALEJANDRO MUJICA DÍAZ, C.I No 24.970.568 por tanto constituye una causal de extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 1º del Código Orgánico procesal Penal, siendo PROCEDENTE, en atención a lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º ejusdem DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Y ASI SE DECLARA.


DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 1º, en relación con el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.