REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 08 de agosto de 2011
201º y 152º
Titulo Supletorio Nº 00268
ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL. EXTRA-LITEM
En horas de despacho del día de hoy 08 de agosto del año 2011, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal, mediante auto de esta misma fecha, se trasladó y constituyó este Tribunal, en un lote de terreno, ubicado en sitio denominado Maruria, sector La Pradera, calle la pradera, Nº 113, de la Parroquia Central Tacarigua, Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera; NORTE: Bienhechurias que son o fueron de la ciudadana Coromoto Morga Doena,, SUR: Bienhechurias que son o fueron de la ciudadana Yusleiby Burgos, ESTE: Calle La Pradera, OESTE: Bienhechurias que son o fueron del ciudadano Wuiliam Gaince; En presencia de la apoderada judicial abogada Mirla Montilla, inscrita en el IPSA bajo el Nº 156.394; quien asiste al solicitante del titulo supletorio sobre mejoras y bienhechurías, el ciudadano NEUNMA YALIS CARRILLO PORTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº 12.311.008, y de este domicilio, a fin de practicar la inspección judicial extra litem, de conformidad con los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. El Tribunal procede a designar en este acto, como práctico auxiliar y fotógrafo, al ciudadano Técnico Viandro Parra, titular de la cédula de identidad Nº 11.807.080, quien estando presente y utilizando una videocámara marca sony modelo handycam, serial 952649 y previa juramentación acepta tal designación y jura cumplir con las obligaciones inherentes al cargo. En este estado el Tribunal procede a dejar constancia de lo siguiente: Primero: En relación a las construcciones: El Tribunal con ayuda del practico designado, deja constancia de: una (01) casa de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, dos (02) habitaciones, un (01) baño, un (01) sala, una (01) cocina, un (01) comedor; Segundo: En relación a las siembras: El Tribunal con ayuda del práctico designado, deja constancia de: diez (10) matas de plátano, quince (15) matas de naranja, treinta (30) plantaciones de yuca y treinta (30) plantaciones de ñame. Todo dentro de una extensión de terreno de aproximadamente doscientos cuarenta metros cuadrados (240 mts 2); y realizada como se encuentra la presente inspección, se acuerda fijar para el primer día (1º) despacho siguiente al de hoy la celebración del acto testifical, a las diez de la mañana (10:00 a.m.,) y diez y cinco de la mañana (10:05 a.m.,), respectivamente, en la Sala de audiencias del Tribunal. Es todo, se leyó y conforme firman la presente acta.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
La Secretaria Accidental
Anheicar González
El Práctico auxiliar
Viandro Parra Pérez
Abogado Asistente
Mirla Montilla