REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 26 de Abril del 2011
200º y 152º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-000405
PARTE ACTORA: ALFREDO JOSE GARCIA .
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACUDIÓ
PARTE DEMANDADA. AVICOLA LA GUASIMA C.A....
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: FRANCISCO ROMANO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día de hoy, 26 de Abril del 2011, siendo las 11: 00 . A. M.. día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Juzgado deja constancia de INCOMPARECENCIA del accionante de autos, como lo es ALFREDO GARCIA titular de las cédula de identidad No. 8.933.548 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de sus apoderados judiciales ciudadanos abogados FRANCISCO ROMANO debidamente inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los No. 86.098 según consta de poder que se incorpora en copia certificada a los autos.
La Juez

Abg. GLADYS MIJARES LUY

El Secretario
. Abg.

Apoderado Judicial de la Parte Demandada