REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 11 de Abril de 2011
200° y 152°
Visto el escrito de fecha 15 de Marzo de 2011, junto con sus anexos, presentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PIJUAN DE CARRILO, titular de la Cedula de Identidad N° 7.231.180, asistida por la abogada MIRIAM OVIEDO, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 113.368. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE en cuanto a lugar en derecho, la presente demanda de DELARATORIA DE PRESCRIPCIÓN, (Procedimiento Breve). Désele entrada y fórmese expediente, emplácese a la demandada de auto ciudadana: INES MERCEDES PEREZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 3.282.674, para que comparezca por ante este Tribunal, ubicado en: Calle Ayacucho, Sector El Carmen, Nº 08, frente a la Plaza Bolívar, Mariara estado Carabobo, al SEGUNDO (2do) día de Despacho siguientes a que conste en auto la citación de la demandada, en las horas fijadas en la tablilla para Despachar de 08:00 a.m. a 3:30 p.m., a los fines de dar contestación a la demanda, en relación al Juicio por DELARATORIA DE PRESCRIPCIÓN, presentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN PIJUAN DE CARRILO, titular de la Cedula de Identidad N° 7.231.180, asistida por la abogada MIRIAM OVIEDO, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 113.368. Líbrese la correspondiente Compulsa insertándose el presente auto de Admisión y copia del libelo de la demanda UNA VEZ QUE SEAN SUMINISTRADOS LOS FOTOSTATOS POR LA PARTE INTERESADA Y LA DIRECCIÓN DE LA DEMANDADA. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la Citación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se designa para la certificación de los fotóstatos a la ciudadana YURIMAR DELGADO, titular de la cédula de identidad N° 17.275.491, en su carácter de Asistente de éste Juzgado, para que conjuntamente con el Secretario del Tribunal, las firmen y certifiquen en cada una de las páginas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez Titular
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº. 980-11, se librará la Compulsa una vez sean suministrados los fotostatos por la parte interesada, para su práctica y la dirección de la demandada de autos.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
El Alguacil
EXP: 980-11