Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado. Carabobo.
SOLICITANTE (S): DIANA MARIA COGORNO de ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.093.342, de este domicilio, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.248, procediendo en su propio nombre, y en nombre y representación de su madre y sus dos (02) hermanas ciudadanas MARIA DOLORES BARRETO de COGORNO, JULIANA PAOLA COGORNO de HERNANDEZ y CAROLINA COGORNO de DEITERS todas venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.842.059, V-11.347.567 y V-13.756.738 respectivamente.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDERAS UNIVERSAL
(PERPETUA MEMORIA)
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: 4706.
I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 15 de julio de 2010, por la ciudadana DIANA MARIA COGORNO de ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.093.342, de este domicilio, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.248, procediendo en su propio nombre, y en nombre y representación de su madre y sus dos (02) hermanas ciudadanas MARIA DOLORES BARRETO de COGORNO, JULIANA PAOLA COGORNO de HERNANDEZ y CAROLINA COGORNO de DEITERS todas venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.842.059, V-11.347.567 y V-13.756.738 respectivamente; mediante la cual solicita sean declaradas “UNICAS HEREDERAS UNIVERSAL” en sus condiciones de cónyuge e hijas sobrevivientes relativamente del de cujus, HUMBERTO OSCAR COGORNO CAMPOFIORITO, venezolano, mayor de edad, casado, Abogado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-1.351.957, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 03-02-2.011. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas las testigos, ciudadanas ROMERO de GIUSTI NORA DEL CARMEN y VARGAS LIGIA MARIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.270.918 y V-4.870.147 respectivamente, ambas de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a las ciudadanas: MARIA DOLORES BARRETO de COGORNO, JULIANA PAOLA COGORNO de HERNANDEZ, CAROLINA COGORNO de DEITERS y DIANA MARIA COGORNO de ARIAS, ut supra identificadas, como “UNICAS HEREDERAS UNIVERSAL” del de cujus, HUMBERTO OSCAR COGORNO CAMPOFIORITO, venezolano, mayor de edad, casado, Abogado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-1.351.957, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 03-02-2.011, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 93, Tomo I, Año 2.011, en los Libros de Registro Civil de la parroquia San José, del Municipio Valencia del estado Carabobo, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil once (2.011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Temporal,
ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:30 horas de la mañana.-
La Secretaria Temporal,
ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS.
Exp. Nro. 4706.-
JGRG/mical.-
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