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Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo


SOLICITANTE (S): VIRGINIA ESPINOZA de BOHORQUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.801.816, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ROSA MARIA SEGOVIA TAVERA, inscrita en el Inpreabogado Nro. 50.346, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 4113.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 16 de julio de 2.010, por la ciudadana VIRGINIA ESPINOZA de BOHORQUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.801.816, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ROSA MARIA SEGOVIA TAVERA, inscrita en el Inpreabogado Nro. 50.346, de este domicilio, mediante la cual solicita sean declarados los ciudadanos LILIANA MARGARITA BOHORQUEZ ESPINOZA y FREDDY DANIEL BOHORQUEZ ESPINOZA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.601.955 y V-19.295.734 respectivamente, así como su persona “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de cónyuge e hijos sobreviviente del de cujus, FREDDY ALBERTO BOHORQUEZ SACRISTE, venezolano, mayor de edad, casado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-3.469.524, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 26/06/2010. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas las testigos ciudadanas URBINA NEVADA NELEYDA JOSÉFINA y ESPINOZA MORENO CARMEN ROSELIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.493.495 y V-3.884.750 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos VIRGINIA ESPINOZA DE BOHORQUEZ, LILIANA MARGARITA BOHORQUEZ ESPINOZA y FREDDY DANIEL BOHORQUEZ ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera de los nombrados y solteros los demás, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.801.816, V-13.601.955 y V-19.295.734 respectivamente, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” del difunto FREDDY ALBERTO BOHORQUEZ SACRISTE, venezolano, mayor de edad, casado, identificado con la cédula de identidad Nro. V-3.469.524, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 26/06/2010, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 248, Tomo I, Año 2010, en los Libros de Registro Civil, de la parroquia Rafael Urdaneta, municipio Valencia, estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a las partes solicitantes.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre del año dos mil diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Accidental,


ABG. LUZ ALEJANDRA TORREALBA.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:15 de la mañana.-
La Secretaria Accidental,


ABG. LUZ ALEJANDRA TORREALBA.









Exp. Nro. 4113.-
JGRG/mical.-