REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 28 de Septiembre del 2.010
200º y 151º
Visto lo expuesto en la diligencia que antecede suscrita por la Abogada en ejercicio LUZ MARA DÍAZ TENREIRO inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 49.218 actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ROSARIO JOSEFINA EXPOSITO DE SUAREZ parte demandante de autos, el Tribunal lo acuerda de conformidad. En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO de la demanda efectuada por la Abogada arriba mencionada por ante este Tribunal, se dá por consumado el Desistimiento y acuerda tener el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que pone fin al presente proceso. Asimismo se acuerda expedir las copias fotostáticas certificadas solicitadas. En relación a la solicitud de la devolución de los originales solicitados, el Tribunal lo acuerda de conformidad, en consecuencia se acuerda la devolución de los Originales solicitados; dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, expídanse las copias de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisoria,
Abog. Omaira Escalona
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
En la misma fecha se hizo lo ordenado.-
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
begoña
Exp. Nº 22.295
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