REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintiséis (26) de octubre de dos mil diez
200º y 151º

Nº de expediente: GP02-L-2010-000227
Parte demandante: JULIO CESAR MUÑOS HERNANDEZ y SIOMARA BEATRIZ MENDEZ

Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: ROSA MIRENA inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 95.765
Parte Demandada 1:

Apoderado Judicial de la parte Demandada 1:

Parte demandada N° 2: ALCALDIA DEL MUNICIPIO GUACARA

Abogado: JUAN CARLOS HERNANDEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 133.828

COOPERATIVA ALTERNATIVA BOLIVARIANA PARA EL AHORRO


Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy veintiséis (26) de octubre de 2010, y siendo las 9:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar comparecieron el ciudadano JULIO CESAR MUÑOZ HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.522.878 en su carácter de demandante y representados en este acto por sus apoderadas judiciales ROSA MIRENA y MARISOL MARTINEZ inscritas en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 95.765 y 35.148 respectivamente. Y EN ESTE ACTO DESISTEN DEL PROCEDIMIENTO, y se reservan el derecho de reclamar nuevamente las Prestaciones Sociales. Visto el DESISTIMIENTO efectuado en este acto por el ciudadano JULIO CESAR MUÑOZ HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.522.878 y de las apoderadas judiciales en representación de la ciudadana SIOMARA BEATRIZ MENDEZ; en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Así mismo se hizo entrega a cada una de las partes de sus respectivas pruebas.


LA JUEZ
LOS COMPARECIENTES,



LA SECRETARIA,