PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 24 de Noviembre del año dos mil diez (2010)
200º y 151º


SENTENCIA INTERLOCUTORIA


EXPEDIENTE: GP02-S-2009-000720
CONSIGNANTE: SILIVEN EDIFICACIONES, C. A.
BENEFICIARIO: ANIBAL SALAS
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES


Vista la diligencia que antecede, realizada por la parte Consignante SILIVEN EDIFICACIONES, C. A., representada por su Apoderado Judicial abogada ADRIANA CARVAJAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 125.277, a los fines del Desistimiento de la Oferta Real de Pago que cursa por ante este Tribunal. Vista la solicitud realizada y por cuanto el tribunal asume tal solicitud hecha por la parte que consigna dejandando evidenciado que desiste en la presente causa. Este Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos establecidos, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los veinticuatro (29) días del mes de Noviembre del año 2010, Años 200° y 151°.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.



LA SECRETARIA,


Abg. TEYLU SEPULVEDA