REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, Dieciocho de Noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: GP02-L-2010-002001
Vista la diligencia que antecede, de fecha 12 de Noviembre de 2010, suscrita por el abogado SAUL O. SILVA R., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 16.253, actuando en su propio nombre, mediante la cual Desiste de la presente demanda, de Calificación de Despido, incoada contra la empresa PETROQUIMICA DE VENEZUELA, S.A., por lo que solicita al Tribunal, ordene el cierre y archivo del expediente.
Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el demandante, dándole efectos de Cosa Juzgada; En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente.
El Juez
Abg. JOSE DARIO CASTILLO S
LA SECRETARIA
Abg. TEYLU SEPULVEDA.
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