REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia,18 de Noviembre del 2010
200º y 151º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE: GP02-L-2010-002195
PARTE ACTORA: JOSEFINA BALDONADO .
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACUDIÓ
PARTE DEMANDADA ATENCO C.A. ...
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: NO ACUDIÓ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 18 de Noviembre del 2010, siendo las 11: 00 . A. M.. día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia de INCOMPARECENCIA del accionante de autos, como lo es JOSEFINA BALDONADO titular de las cédula de identidad No. 7.118.537 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
La Juez

Abg. GLADYS MIJARES LUY

El Secretario
. Abg. ANNERIS NORMAN