REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 11 de noviembre de 2010
200° y 151°

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 2207

El 21 de junio de 2010, la abogada Carmen Aida Rodríguez Ruiz, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 68.377, en su carácter de apoderada judicial de INVERSIONES EDMONTON, C.A., con domicilio en el Centro Comercial Metrópolis, Nivel Sol, Local M2.233 y 234, Autopista Regional del Centro, Valencia, estado Carabobo, interpuso recurso contencioso tributario ante este tribunal, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario N° 283-2010-02-21, del 20 de abril de 2010, emanada del Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).
El 29 de junio de 2010, se le dio entrada a dicho recurso y le fue asignado el N° 2439 al respectivo expediente.
Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad legal procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, el tribunal observa:
Los actos recurridos, son actos administrativos de efectos particulares, que fueron impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal correspondiente así, constatada la legitimidad de las personas que se presentaron como representantes de la recurrente y no constando en autos oposición alguna, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho Recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario.
Siendo la oportunidad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 268 del Código Orgánico Tributario, queda el juicio abierto a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los once (11) días del mes de noviembre de dos mil diez (2010). Año 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

El Juez Titular,


Abg. José Alberto Yanes García
La Secretaria Suplente,


Abg. Dhennys Tapia M.





Exp. Nº 2439
JAYG/dt/belk.