REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 08 de Noviembre de 2010
Años 200º y 151º
ASUNTO: GP01-S-2008-000356
Con vista a la solicitud elevada por el abogado VICTOR RAUL AGUADO GUZMAN, Defensor del ciudadano ROBERTH OSCAR, mediante escrito presentado en fecha 25-10-2010, de flexibilizar las presentaciones ante la oficina de Alguacilazgo, pautadas cada 15 días, según se acordara en la audiencia especial de presentación, en fecha 09-08-2008 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 ordinal 3º del COPP, este Tribunal para emitir pronunciamiento evalúa:

PRIMERO: Consta escrito fiscal, recibido en fecha 16-03-2009, con solicitud de Sobreseimiento, de conformidad con el art 318 ordinal 4to de la Ley Penal Adjetiva, fijada audiencia a los fines del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, para fecha 10-03-2011, es decir dentro de 04 meses.

SEGUNDO: Recabado como fue el Reporte de presentaciones, emanado de la Oficina de Alguacilazgo, el cual se acuerda agregar en 03 folios, se evidencia cumplimiento , aún cuando no estrictamente al régimen estipulado de cada 15 días, existe tendencia a corregir y retomar la periodicidad pautada, situación ésta que entiende el Tribunal, pudiera motivar la presente solicitud

TERCERO: Transcurrido más Tres (03) años desde el acto de imputación (09-08-2008) ante la Jurisdicción, sin que se haya determinado su situación jurídica y por ende, sujeto a la investigación y frente a la expectativa del acto conclusivo presentado, de poner fin a la investigación, según lo planteado por el Ministerio Público, pendiente su resolución para lo cual está fijada la Audiencia especial.


Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control, Audiencias y Medidas, ACUERDA FLEXIBILIZAR LAS PRESENTACIONES ACORDADAS CADA 15 DÍAS, COMO MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, A TENOR DE LO DISPUESTO EN EL ART 256 ORDINAL 3ERO DEL COPP, EN FECHA 09-08-2008, A CADA CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, POR ANTE LA OFICINA DEL ALGUACILAZGO. Notifíquese a las partes.




La Jueza:
Abg. Blanca Zulina Jiménez Pinto
Abg. María Eugenia Blanco
La Secretaria,

Hora de Emisión: 5:35 PM