REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 18 de noviembre de 2010
200º y 151º


AUTO. ORDENA ARCHIVO DE EXPEDIENTE Y COPIAS CERTIFICADAS.

Hecha la revisión del presente expediente se observa que riela inserto a los folios 100 al 102, Sentencia Definitiva proferida por este Tribunal, en fecha 22 de septiembre de 2010, en la cual se homologó el desistimiento a la demanda por REIVINDICACIÓN. En consecuencia, este Tribunal da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del presente asunto en la oportunidad correspondiente. Asimismo, se ordena expedir copias fotostáticas debidamente certificadas de las actas que conforman la totalidad del expediente, conjuntamente con la diligencia que la solicita, así como del presente auto de conformidad con los artículos 111 y 112 del código de Procedimiento Civil. Entréguese a la solicitante a cuyo efecto deberá dejarse constancia en el expediente.

El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA

La Secretaria Accidental
ANHEICAR A. GONZÁLEZ C.



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.



La Secretaria Accidental
ANHEICAR A. GONZÁLEZ C.













EXPEDIENTE Nº JAP-139-2009/ REIVINDICACION.
JDUA/AAGC/VPP.-