REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 08 de noviembre de 2010
200º y 151º
N° De Expediente: Gp02-L-2010-001550
Parte Actora: JORGE GUTIERREZ titular de la cédula V- 11.926.656.
Abogado Apoderado De La Parte Actora: DANNY LINAREZ y ADIXON MARTÍNEZ inpreabogado Nº 89.161 y 101.518 respectivamente.
Parte Demandada: INVERSIONES D´ LOKURAS, C.A.
Abogado De La Parte Demandada: LIUTMILA HERNANDEZ Inpreabogado Nº 40.148
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy (08) de noviembre de 2010, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto habiendo transcurrido un lapso de espera de diez (10) minutos, dejándose expresa constancia que la parte actora en la presente causa no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la parte demandada compareció su apoderada judicial Abg. LIUTMILA HERNANDEZ Inpreabogado Nº 40.148. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia de la parte actora declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial, una transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las nueve y quince de la mañana (09:15 a.m.) del día de hoy. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS

LA APODERADA DE LA DEMANDADA



LA SECRETARIA,

AMARILYS MIESES MIESES