REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 28 de Mayo de 2010
200º y 150º



EXPEDIENTE: GP02-S-2010-000396
CONSIGNATARIO: CORIMON PINTURAS C.A.
APODERADOS DEL CONSIGNATARIO: PEDRO JOSE ARAUJO BATISTA
BENEFICIARIO: OSCAR REINALDO TEJADA QUINTERO.. .
ABOGADO ASISTENTE DEL BENEFICIARIO: BRIGIDO GONZALEZ
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito presentado en fecha 27/05/2010 por el consignatario CORIMON PINTURAS C.A. representada por el abogado PEDRO JOSE ARAUJO BATISTA debidamente inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 45.727 y beneficiario OSCAR REINALDO TEJADA QUINTERO titular de la cédula de identidad No. 15.495.700 debidamente asistido por el abogado BRIGIDO GONZALEZ debidamente inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No.68.839, según el cual manifiestan que han llegado a un acuerdo, el Tribunal observa que él mismo no cumple con los extremos del contrato de transacción laboral establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 11 de su respectivo reglamento; pero si se desprende que el mismo constituye un ACUERDO, siendo así, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LO HOMOLOGA EN ÉSTOS TÉRMINOS ADQUIRIENDO EL MISMO CARÁCTER DE COSA JUZGADA FORMAL CONFORME A LOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 57 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO Y ASÍ SE DECLARA.
Terminado como se encuentra el presente procedimiento se ordena el archivo definitivo del expediente transcurrido como fueran los tres (3) días hábiles a que se contrae el artículo 186 eiusdem.

La Juez.,

EL SECRETARIO
Abg. GLADYS CLARET MIJARES LUY
Abg. MIRLA SOSA GUERRERO