REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 07 de Mayo de 2010
200º y 151º
AUTO QUE DECLARA FIRME SENTENCIA DE INADMISION DE AMPARO. EXPEDICION DE COPIAS CERTIFICADAS.
Transcurrido el lapso de apelación de la sentencia que declara inadmisible la presente acción de amparo constitucional, sin que la parte haya apelado de la decisión, este Tribunal declara firme el fallo proferido, y en consecuencia terminada la causa contenida en el presente expediente; y vista la diligencia suscrita por el abogado Argenis González, identificado en autos, este tribunal ordena la certificación de las copias fotostáticas simples de la sentencia y de las demás actuaciones contenidas en el presente expediente, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de fecha 30 de abril de 2010 (folios 49 al 52) a cuyo efecto se acuerda la apertura de expediente distinto con nueva numeración, a los fines de tramitar la Acción Autónoma de Tutela Cautelar Agraria de conformidad con la Ley, anexando copia certificada del presente auto y las anteriormente acordadas.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
La Secretaria
ERICKA G. SÁNCHEZ SÁNCHEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se le dio apertura al expediente de Acción Autónoma de Tutela Cautelar Agraria con el Nº JAP-156-2010.
La Secretaria
ERICKA G. SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Expediente Nº JAP-155-2010/AMPARO CONSTITUCIONAL
JDUA/EGSS.-