REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 10 de Mayo de 2010
200º y 151º
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Vista la diligencia suscrita por el abogado JESUS ELIAS ZUBILLAGA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.681, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante Sociedad de Comercio “GRUPO CASCO DE VENEZUELA, C.A.”, y vencido como se encuentra el lapso concedido para que la parte demandante perdidosa efectuara el cumplimiento voluntario, este Tribunal actuando de conformidad con lo establecido en el articulo 527 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en la parte infine del articulo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, decreta la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15 de abril de 2009, la cual en su numeral segundo condena al demandado ciudadano LUIS STERLINO SEIJAS, domiciliado en la población de Zaraza, estado Guarico, a lo siguiente:
“…...1).- DEVOLVER, con la consecuente entrega material inmediata de la sembradora de arrastre siembra directa, y de 7 lineas; marca : semeato, modelo: sol master 7, año: 2007, color : rojo y blanco, serial chasis: 0710B217A, uso: agrícola, objeto del contrato de venta con reserva de dominio, de fecha 08 de febrero de 2008, archivado ante la Notaria Publica de San Diego del Estado Carabobo, bajo el Nº 0001….”
Por cuanto el demandado ciudadano se encuentra domiciliado en la población de Zaraza, estado Guarico y en atención a la resolucion emanada de la Sala Plena de Cesiones de Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 22 de febrero de 2006, el cual establece:
Articulo 1: Ordenar el cese inmediato de toda la actividad de los tribunales ejecutores de medidas del país relacionada con la ejecución de dediciones proferidas por tribunales con competencia agraria, cuya ejecución de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable corresponde a los tribunales agrarios.
Este Tribunal acuerda librar mandamiento de ejecución a cualquier Juez Competente en Materia Agraria de la Republica Bolivariana de Venezuela, a los fines de la práctica de la
medida decretada. Líbrese Mandamiento de Ejecución.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
La Secretaria
ERICKA G. SÁNCHEZ SÁNCHEZ
En la misma fecha cumplió lo ordenado. Se libro Mandamiento de Ejecución.
La Secretaria
ERICKA G. SÁNCHEZ SÁNCHEZ
Expediente Nº JS-52051-104/RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO JDUS/EGSS/smmg.